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edificios comerciales

¿Cómo controlamos al administrador?

- Leyendo mensualmente las liquidaciones de expensas, las circulares de la administración y cotejando los gastos declarados con los comprobantes enviados como respaldo.


- Evitando que se siga implementando un sistema de recaudación de expensas no bancarizado: depositar en cuentas bancarias del administrador, pagar al encargado o en la oficina de la  administración son formas de quitarle transparencia, eficiencia y posibilidades de control al manejo de los fondos propiedad del consorcio.


- Exigiendo al administrador que haga especial rendición mensual de las presentaciones en AFIP de las cargas sociales del personal del consorcio, junto con su fecha de pago total, para evitar de esta forma presentaciones o pagos fuera de término, que redunden automáticamente en multas e intereses
resarcitorios y punitorios capitalizables, intimaciones legales, perjuicios al trabajador.


- Promoviendo las asambleas de consorcio con regularidad o frente a casos excepcionales de especial relevancia.


- Promoviendo la creación o rotación del Consejo de Propietarios.


- Controlando cada año que el administrador haya completado el trámite completo de  rematriculación en el Registro Público de Administradores de Consorcios de la CABA, a través de la página del GCBA.


- Teniendo a disposición el reglamento del edificio, el nuevo Código Civil, la Ley 941 (CABA) y las memorias de las asambleas de propietarios, a modo de consulta.


- Contratando regularmente a un auditor contable especializado en consorcios.


- Siguiendo una página actualizada sobre regulaciones y actualidad consorcial, como “Pequeñas noticias” o similar.

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